sábado, 31 de octubre de 2015

Art. 8.- HALLAZGOS DE LA AUDITORÍA 



En el proceso de auditoría documental o de campo, el auditor, en caso de evidenciar una “No Conformidad”, debe llenar el FORMATO DE AUDITORÍA Nº3: “Reporte de No Conformidad”, adjunto al presente Instructivo. Se utilizará un FORMATO DE AUDITORÍA Nº3, por cada hallazgo de una No Conformidad, mismo que debe ser firmado en conjunto con los representantes de la organización.



Art. 9.- EVALUACIÓN ÍNDICE DE EFICACIA DEL SISTEMA DE GESTIÓN 

El Auditor, una vez concluido el proceso de la auditoría de riesgos, deberá evaluar el índice de eficacia del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa u organización, integrado e implantado por la empresa u organización. El cálculo del índice de eficacia del Sistema de Gestión, será en base al modelo matemático descrito en el artículo Nº11 del Reglamento para el SART. Se utilizara el FORMATO DE AUDITORÍA Nº6: “Lista de Chequeo de Requisitos Técnico Legales de Obligado Cumplimiento”, adjunto al presente Instructivo. 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario